YOLANDA GÓMEZ / MADRID
Día 31/12/2012
Se endurece la tributación de las ganancias a corto plazo para castigar la especulación
ABC
Aunque el año que acaba ha tenido numerosos cambios fiscales, prácticamente en todas las figuras tributarias, 2013 vuelva a traer importantes novedades. Además, es posible que algunas medidas aún no aprobadas entren en vigor con el ejercicio ya empezado, en función de cómo evolucionen los ingresos tributarios. De momento estas son las novedades con que nos encontraremos desde el martes:
Vivienda: sube el IVA y se suprime la deducción
Las viviendas que se compren a partir del 1 de enero no tendrán derecho a la deducción por adquisición de primera vivienda, que permite desgravar un 15% de la inversión cada año hasta que se pague el total de la hipoteca, con un máximo de 9.040 euros por contribuyentes. Eso sí, quienes hayan adquirido la casa antes de ese momento podrán seguir deduciendo hasta que acaben de pagar la hipoteca.
Otra de las novedades es que se suprime la compensación por viviendas adquiridas antes del 20 de enero de 2006, que podría llegar a ser de hasta 225 euros por declarante.
Asimismo, la compra de casas pagará un IVA del 10% a partir del 1 de enero, frente al 4% actual.
IBI: más potestad a los ayuntamientos
Para obtener más ingresos, se autoriza a los ayuntamientos a poder grabar con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a los inmuebles calificados como patrimonio histórico-artístico que estén afectos a actividades económicas.
Plusvalías a corto: tributación al tipo marginal
Se incorporarán a la base imponible del IRPF las ganancias que se deriven de las ventas de elementos patrimoniales que hayan permanecido menos de un año en el patrimonio del contribuyente. Estas plusvalías pasarán a tributar al tipo de gravamen del contribuyente, en lugar de usar el tipo general del ahorro, lo que supone que puede llegar a pagar hasta el 52% de lo que obtenga con esas ganancias, o el 56% en el caso de contribuyentes que vivan en Cataluña. El resto de rentas del ahorro seguirán tributando a un tipo que oscilará entre el 21% y el 27%, en función de su cuantía.
Pérdidas patrimoniales: se podrán compensar
Las pérdidas a corto plazo -generadas en menos de un año-podrán compensarse con hasta el 10% de la base imposible general y si quedan pérdidas pendientes de compensar, su importe se compensará en los cuatro años siguientes. Asimismo, se ha fijado una disposición transitoria para que las pérdidas patrimoniales a corto pendientes de compensar que se hayan generado hasta el 31 de diciembre de este año puedan compensarse
Castigo a blindajes: más tributación para altos directivos
Se elimina la reducción del 40% para aquellas indemnizacionesque superen el millón de euros. Esta reducción, que se aplica a los primeros 300.000 euros de indemnización, se mantiene para quienes reciban una cantidad inferior a los 700.000 euros y se va recortando paulatinamente para quienes reciban entre 300.000 y 700.000 euros. Además, se elimina la picaresca de recibir la indemnización en varios años, para poder aplicarse la reducción a toda la indemnización. La nueva norma fija que la reducción del 40% se aplica a los primeros 300.000 euros de la retribución, independientemente de que se cobren en un año o en varios.
Límites de deducción: la empresa no deducirá blindajes elevados
Cuando la indemnización a un directivo supere el millón de euros el exceso no será deducible como gasto para la sociedad que realice el pago, y tendrá que pagar un 30% de imposición, en el caso general. Según cálculos realizados por eel despacho de abogados Equipo Económico, si se integra la imposición de la sociedad y la del empleado, la renta ganada por la entidad que se destina al pago de la indemnización excesiva puede llegar a tributar al 66,33% en la Comunidad de Madrid, al 69,2% en Cataluña o al 68,5% en Andalucía.
Limitar amortizaciones: medida temporal
Otra de las novedades fiscales es que durante 2013 y 2014Hacienda ha decidido limitar la deducción de las amortizaciones del inmovilizado realizado por las grandes empresas a un máximo del 70%.
Aunque el año que acaba ha tenido numerosos cambios fiscales, prácticamente en todas las figuras tributarias, 2013 vuelva a traer importantes novedades. Además, es posible que algunas medidas aún no aprobadas entren en vigor con el ejercicio ya empezado, en función de cómo evolucionen los ingresos tributarios. De momento estas son las novedades con que nos encontraremos desde el martes:
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