1.- Promover la cooperacion en asuntos relativos a Defensa, en areas tales como Investigacion y Desarrollo, apoyo logistico y adquisicion de productos y servicios de Defensa;
2.- Compartir experiencias operacionales, de utilizacion de equipos militares o en el cumplimiento de misiones internacionales y de manteimiento de paz.;
3.- Compartir conocimiento en areas de ciencia y tecnologia
;4.- Promover acciones conjuntas de entrenamiento e instruccion militar, ejercicios militares combinados;
5.- Colaborar en asuntos relacionados a equipamiento y sistemas militares;
6.- Promover iniciativas comerciales relacionadas a materias y servicios del area de Defensa.
7.- Implementacion de Proyectos de aplicacion de tecnologias de Defensa, con posible participacion de entidades militares y civiles de interesestraegico para cada pais.
8.- Las actividades realizadas en el ambito de este acuerdo seran financiadas por cada pais, en base a su disponibilidad financiera.
9.- Probables perdidas, daño a terceros incurridas en el ambito de este acuerdo seran de responsablidad solidaria, en base a la legislacon del pais anftrion, a menos que el acto sea intencional, en cuyo caso cada parte sera responsable del accionar de sus elements, en base a las leyes locales.
10.- Acuerdan principios para el tratamiento y proteccion de informacion reservada.
11.- Diferencias relativas a la interpretacion de este acuerdo sera resuelta por la via diplomatica.
12.- El presente acuerdo entra en rigor 30 dias despues que cada parte notifique a la otra del cumplimiento de los requisitos internos para su aprobacion.
13.- Cualquier parte podra notificar a la otra, via diplomatica, su decision de denunciar el presente acuerdo. a denuncia tendra efecto 90 dias a partir de la fecha de la nota, y no afectara a los programas en curso a menos que las partes asi lo decidan.
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