El Ministerio de Defensa peruano (MINDEF) emitió la Directiva General Nº 002-2011, que establece las normas y procedimientos que regirán en adelante para las contrataciones de bienes y servicios para la defensa nacional en el mercado extranjero.
La Directiva, dada a conocer a mediados de abril, señala que las contrataciones por montos superiores o equivalentes a 2,500 UIT (Unidad Impositiva Tributaria), alrededor de 3,2 millones de dólares, serán realizadas por el MINDEF, el cual evaluará prioritariamente de acuerdo a la complejidad y/o envergadura su viabilidad. Además, indica que las contrataciones que impliquen la adquisición de un Sistema de Armas, requerirán de la participación de una Comisión de Estudio Técnico Operacional nombrada por el Comandante General de la institución armada, la misma que mediante un estudio técnico recomendara los requerimientos técnicos, operativos y logísticos mínimos, así como el valor estimado de la contratación. Esta comisión estará integrada par personal de la institución armada, y adicionalmente por un miembro del Comando Conjunto de la Fuerzas Armadas y otro del MINDEF designado por el Vicemínístro de Recursos para la Defensa.
Las contrataciones, cuya relación deberá ser remitida al Viceministro de Recurso para la Defensa de manera trimestral, se realizaran en tres fases secuenciales: de Programación y Actos Preparatorios (que comprenderá desde la determinación de la necesidad hasta la aprobación de las bases), de Ejecución del Proceso (desde las invitaciones a los posibles proveedores hasta la adjudicación) y de Ejecución Contractual (desde la citación para la suscripción del contrato hasta su liquidación). De acuerdo a lo establecido, las Fases de Programación y Actos Preparatorios, y la de Ejecución Contractual estarán a cargo de las instituciones armadas, en tanto que la Fase de Ejecución correrá por cuenta del MINDEF.
En otros aspectos, la Directiva señala que la contratación de bienes y de servicios deberá incluirse en los Planes Anuales de Contrataciones (PAC) de cada instituto armado y que estos deberán cumplir estrictamente la normativa presupuestal. Asimismo, la directiva prohíbe fraccionar la contratación con el objeto de no aplicar los procedimientos establecidos y la realización de viajes a cuenta del proveedor durante el proceso de adquisición, salvo autorización expresa del Ministro de Defensa mediante resolución ministerial. Alejo Marchessini, Corresponsal de Grupo Edefa en Lima
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