El segundo programa de BAM prevé construir tres buques en versión patrullero, uno para salvamento y rescate, y otro para investigación oceanográfica
Los programas de construcción naval consolidan las capacidades operativas de la Armada española y permiten desarrollar un sector industrial estratégico de alto nivel tecnológico
El Consejo de Ministros ha aprobado también el nuevo Reglamento de Reservistas de las FAS, que incluye como novedad la posibilidad de que los oficiales puedan ascender hasta capitán, los suboficiales hasta brigada y la tropa hasta cabo primero
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Acuerdo por el que se autoriza al Ministerio de Defensa a iniciar las actividades oportunas para la preparación de un nuevo programa de Buques de Acción Marítima (BAM), basado en la experiencia acumulada en el primer programa y que supondrá continuar con el proceso de modernización de la flota de la Armada española.
Estos trabajos deberán concluir en el plazo de cuatro meses, momento en el que el Ministerio de Defensa deberá proponer al Consejo de Ministros un nuevo Acuerdo por el que se autorice la contratación de dicho nuevo programa y se fijen las condiciones definitivas de precios, plazos y requisitos.
Este segundo programa BAM prevé la construcción de cinco nuevos buques: tres en versión patrullero, similares a los desarrollados por NAVANTIA en el primer programa, con las mejoras que aconseje la experiencia de los buques actualmente en construcción; uno en versión de salvamento y rescate, para salvamento en general, apoyo al rescate de submarinos y otros buques o artefactos hundidos, y apoyo a buceadores; y un quinto buque en versión de investigación oceanográfica, para operar en aguas polares y antárticas, que podrá operar también como buque de apoyo medioambiental.
La necesidad de contar con estas unidades se enmarca dentro de la Capacidad Militar de Acción Marítima, por la que se pretende conseguir la protección de intereses marítimos nacionales, incluyendo presencia disuasoria y vigilancia naval o aérea de espacios marítimos de interés; ejercicio de soberanía en aguas territoriales, y la colaboración con otras autoridades en los ámbitos de policía marítima, lucha contra la contaminación marítima, investigación científica, conservación del patrimonio submarino y protección civil.
Además, con los buques de investigación oceanográfica y de salvamento y rescate, este programa prevé la colaboración con otros Departamentos, en especial con el Ministerio de Ciencia e Innovación y con el Ministerio de Cultura.
Renovación y modernización de la flota
La entrada en servicio de los BAM supondrá continuar con la baja de la actual flota de Patrulleros, que se encuentra en sus últimos años de servicio activo (estimado en 30 años) y su sustitución por buques de mayores prestaciones y capacidades.
Asimismo, desde un punto de vista operativo, los BAM permitirán sustituir a otros buques de mayor porte y coste (clase Fragata) en misiones de control del espacio marítimo como la operación Atalanta en el océano Índico o la ‘Active Endeavour’ en el Mediterráneo oriental.
En cuanto a las versiones de investigación oceanográfica y de salvamento y rescate, los nuevos BAM sustituirían a buques que actualmente desarrollan las mismas funciones y que se encuentran también en sus últimos años de servicio, como el BIO ‘Las Palmas’ o el Buque de Salvamento ‘Neptuno’.
En los últimos años, la Armada española ha abordado un ambicioso programa de renovación y modernización de su flota, con las fragatas F-100, los submarinos S-80, el Buque de Proyección Estratégica ‘Juan Carlos I’, el Buque de Aprovisionamiento de Combate y los Buques de Acción Marítima.
Estos programas de construcción naval, algunos de ellos todavía en curso, han consolidado un conjunto de capacidades operativas de la Armada española y, paralelamente, han permitido desarrollar un sector industrial estratégico de alto nivel tecnológico.
El primer programa de Buques de Acción Marítima, que se inició formalmente en 2005 y ha sido desarrollado por la empresa pública NAVANTIA, contempla la producción de cuatro buques que ya se encuentra prácticamente concluida, previéndose su entrega a lo largo de 2011 y 2012.
Estos buques incorporan tecnología de última generación en sistemas de combate, de comunicaciones, y de mando y control, además de los equipos médicos más avanzados. Asimismo, ofrecen altas prestaciones, gran versatilidad en cuanto a misiones y un alto grado de comunalidad con otros buques de la Armada.
Los BAM tienen 93,90 metros de eslora, 14,20 metros de manga, 8.000 millas de autonomía a 15 nudos y una velocidad máxima de 20,5 nudos. Están capacitados para desplazar 2.575 toneladas y llevan una dotación de 35 hombres y mujeres, pudiendo embarcar otros 35.
Nuevo Reglamento de Reservistas de las FAS
Por otra parte, el Consejo de Ministros ha aprobado hoy el nuevo Reglamento de Reservistas de las Fuerzas Armadas en el que se determina, fundamentalmente, el acceso y el régimen de los reservistas, así como la forma de disponer con anticipación de la regulación de la aportación de recursos humanos cuando la defensa de España lo exija, con arreglo a las obligaciones militares que señala el artículo 30.2 de la Constitución.
Pueden ser reservistas voluntarios aquellos españoles que resulten seleccionados en la correspondiente convocatoria, superen los periodos de formación y se vinculen de forma temporal y voluntariamente con las Fuerzas Armadas. El compromiso de disponibilidad es de tres años renovables por periodos de otros tres años, siempre que no se rebase la edad máxima de 61 para las categorías de oficiales y suboficiales, y 58 años para la de tropa y marinería.
La novedad más importante en relación con el anterior reglamento es la posibilidad de poder ascender hasta capitán los oficiales, hasta brigada los suboficiales y hasta cabo primero el personal de tropa y marinería. Entre las condiciones para el ascenso se recoge el hecho de permanecer seis años en el empleo anterior y acreditar un mínimo periodo de activación, computando el tiempo invertido en la prestación de servicio en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa, así como el empleado para participar en programas de formación continuada.
En relación con la igualdad efectiva de mujeres y hombres, el Reglamento recoge lo establecido en la Ley de la Carrera Militar y lo dispuesto en el Real Decreto 293/2009, de 6 de marzo, por el que se aprueban las medidas de protección de la maternidad en el ámbito de la enseñanza en las Fuerzas Armadas. En este sentido, establece medidas específicas para situaciones de embarazo, parto o postparto durante las pruebas selectivas o para posponer la fecha de presentación en los centros docentes de formación o a la reserva de plaza, por una sola vez, para iniciar la enseñanza de formación e, incluso, las referidas situaciones se constituyen en causa suficiente para solicitar la suspensión de la incorporación cuando sean activadas.
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